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Liquidación Privada y Judicial de Sociedades Comerciales

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Liquidación Privada y Judicial de Sociedades Comerciales

Si tu organización empresarial según tus estados financieros de los últimos tres ejercicios contables te indican que: tu empresa no es viable, tus pasivos han superado varias veces tus activos, y que arrojan pérdidas a tus finanzas corporativas.

Puedes aprovechar muy bien tu patrimonio mediante una Liquidación Privada, siempre y cuando no poseas activos, ni pasivos, o judicial ante la Superintendencia de Sociedades, y de una manera pronta y organizada en un tiempo que oscila entre uno y dos años puedes finiquitar en debida forma tus cuentas con todos tus acreedores, con el nombramiento de un Liquidador, que venderá activos y mediante graduación y calificación de créditos pagará los que se puedan cubrir con estos activos; y el resto serán descargados, produciéndose el cierre y cancelación del establecimiento de comercio y de tu sociedad comercial con agregación de valor, mediante la Ley 1116 de 2006, y normas complementarias.

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